Assegurances

Nuestro Departamento de Seguros ofrece atención personalizada para que se disponga de toda la información necesaria respecto a los seguros que se necesitan para el ejercicio de la actividad de transporte de mercancías por carretera.

Desde ASTAC CONDAL recomendamos que todos los Transportistas Autónomos tengan contratado, como mínimo, las siguientes pólizas.

    • Póliza del Vehículo.
    • Póliza de Transportes LOTT o CMR
    • Póliza de Responsabilidad Civil de la Carga.
    • Póliza de Retirada de Carnet.
    • Póliza de Accidentes con Indemnización por día de baja.

Se debe tener presente que el transportista individual responde con todos sus bienes, por lo que disponer de los seguros adecuados es de suma importancia.

Para las Empresas de Transporte las recomendadas son las siguientes:

  • Pólizas de los Vehículos.
  • Póliza de Accidentes por Convenio.
  • Póliza de la nave o local (PYME)
  • Póliza de Transportes LOTT o CMR
  • Póliza de Responsabilidad Civil de la Carga.
  • Póliza de Responsabilidad Civil de Directivos y Gerentes.

En relación al transporte destacamos dos asuntos importantes que se deben considerar:

  • En cuanto a la normativa laboral, los convenios suelen establecer la obligatoriedad de una póliza de accidentes para los trabajadores, al respecto el Convenio de Mercancías de la Provincia de Barcelona la fija como obligatoria en los supuestos siguientes:
  1. Por incapacidad permanente absoluta para cualquier trabajo: 43.260 euros.
  2. En caso de muerte: 38.110 euros.
  3. Por invalidez permanente total para su profesión habitual: 24.720 euros.
  • Caución a favor de personas no residentes en territorio español: Con objeto de evitar la inmovilización de vehículo de los no residentes las empresas españolas pueden constituirse en fiadores, para ello, en atención a la Orden FOM/287/2009 por la que se desarrolla el ROTT en materia de prestación de caución (BOE 17/02/2009), en vigor desde el 12 de marzo de 2009, se establece la obligación de los fiadores a los que recurran los transportistas extranjeros de inscribirse en el Registro General de Transportistas e Industrias Auxiliares, quienes deben tener su domicilio en España, y de tener asegurada una solvencia por un importe al menos de 300.000 euros.