NUEVA NOTA INTERPRETATIVA DE LA COMISIÓN EUROPEA SOBRE LA UTILIZACIÓN DEL CERTIFICADO DE ACTIVIDADES EN SUSTITUCIÓN DE LOS DATOS NO REGISTRADOS EN EL TACÓGRAFO
La Nota Interpretativa aclara que la utilización del certificado de actividades no es obligatoria. La Comisión Europea ha aprobado definitivamente la Nota Interpretativa nº 7 relativa a la utilización del “certificado de actividades”, documento regulado en la Directiva CE 2006/22, en cuyo artículo 11 establece que en ciertas situaciones cuando el conductor de un vehículo…


